Modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del IBI urbana
Descargar PdfEn uso de las competencias locales reconocidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 en relación con los artículos 15 a 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento considera oportuno y necesario modificar la Ordenanza fiscal reguladora del IBI Urbana, debido por un lado a los cambios que se han producido en la situación económica por la crisis que desde hace ya varios años azota a las familias de la zona y asimismo debido a la incensante subida de la base imponible de dicho impuesto desde su entrada en vigor en el año 2010, a razón del 10% de la nueva valoración surgida tras la revisión de la ponencia de valores en el año 2009.
Estas dos circunstancias unidas junto con el hecho de estrepitosa perdida de valor de los bienes inmuebles en el mercado, hacen que este Ayuntamiento se plantee la necesidad de minorar la carga fiscal de este impuesto en los vecinos de la localidad, hecho este reclamado por la comunidad desde hace ya varios ejercicios.
Por otra parte se entiende que la buena situación patrimonial y económico financiera de la entidad Local, permite la adopción de esta medida sin menoscabo para la Hacienda Pública.
Teniendo no obstante en cuenta que se ha solicitado asimismo al Ministerio de Economía y Hacienda la reducción del 15% de la base imponible para el próximo ejercicio y que se deconoce pormenorizadamente en que medida va a afectar esta reducción a la generalidad de inmuebles, considerando asimismo la posible no aplicación en el ejercicio futuro del incremento obligatorio del 4% del tipo, establecido por el Ministerio de Economía y Hacienda para nuestro municipio, se pretende adoptar una medida prudente, ya que toda disminución permanente en la recaudación fiscal repercute de manera negativa en el cálculo de la Regla de Gasto Presupuestario para los futuros ejercicios, pudiéndose ver comprometidos, de no actuarse con prudencia, la ejecución de la modernización y el impulso económico que la nueva Corporación pretende para el municipio.