Nueva resolución de Alcadía

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Habida cuenta de la necesidad de proceder al nombramiento como funcionarios interinos de dos monitores para la ejecución de programa de carácter temporal, de duración máxima tres años, denominado “La Cultura en tiempos de Covid- 19”.
Visto el informe- propuesta de secretaría- intervención al respecto de la idoneidad de las bases de la convocatoria y de la certificación de la misma al respecto de la existencia de la debida y suficiente consignación presupuestaria para este ejercicio.
De conformidad con lo establecido en el artículo 21.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:

PRIMERO. Aprobar las bases de la convocatoria 

SEGUNDO. Requisitos para participar en el proceso selecctivo

TERCERO. Forma y Plazo de Presentación de Instancias

CUARTA. Admisión de Aspirantes

QUINTO. Tribunal Calificador

SEXTO. Sistema de Selección y Desarrollo del Proceso

SÉPTIMO. Relación de Aprobados y Nombramiento.

OCTAVO. Funcionamiento de la Bolsa de Empleo.

NOVENO. Incompatibilidades

DÉCIMO. Incidencias

UNDÉCIMO. Nombramientos

DUODÉCIMO. Protección de datos.

TRIGÉSIMO. Compromiso de confidencialidad.

 

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