Don Jacinto José Vázquez López, Alcalde del Ayuntamiento de Almonaster la Real, en virtud de las atribuciones que me otorga la legislación vigente,
HAGO SABER
Que este Ayuntamiento ha confeccionado la PROPUESTA DE TEXTO ACTUALIZADO Y REFUNDIDO DE LA ORDENANZA REGULADORA DE LA ACTIVIDAD DE INTERVENCIÓN MUNICIPAL EN MATERIA URBANÍSTICA, lo que se somete a consulta previa ciudadana a los efectos del cumplimiento del Art 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula el procedimiento de participación activad de los mismos en los procedimientos para la elaboración de Reglamentos y Disposiciones con carácter general.
N.º Expediente |
906/2020 |
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Título completo |
Texto Actualizado y Refundido de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Actividad de Intervención Municipal en Materia Urbanística. |
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Promotor |
Alcalde-Presidente |
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Objetivo de la Actuación
Modo de Participación
Plazo de participación |
Adecuar los conceptos de la actividad de intervención municipal en materia urbanística a la legislación vigente, adecuando asimismo el momento de devengo, y recogiendo los supuestos de declaración responsable y comunicación previa. Texto refundido de las anteriores modificaciones de la Ordenanza con el fin de la obtención de un sólo cuerpo normativo. No conlleva incremento de tasas. Consecuencia de la Transposición de las Directivas Europeas de aplicación conforme a las modificaciones realizadas, entre otras en: Artículo 84 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local al objeto de someter los actos de control preventivo de ámbito municipal cuando se trate del acceso y ejercicio de actividades de servicios a las prescripciones de la Directiva de Servicios. Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, modificado por el Real Decreto 2009/2009, de 23 de diciembre. En concreto. Para la adaptación de la Normativa Andaluza a la legislación estatal, en la Comunidad Autónoma de Andalucía se promulgó la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas. En el ámbito urbanístico, en coherencia con el art. 3 de la Ley 12/2012, cuyo régimen anteriormente es básico y por tanto, la supresión de las licencias incluidas en su ámbito es obligada-, el artículo 13 de la citada Ley 3/2014, modifica la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, eximiendo, en determinados supuestos, de la exigencia de obtención de licencia previa, y para lo cual introduce la Disposición adicional decimocuarta. Asimismo, con el fin de dar un mayor impulso a la simplificación de regímenes de autorización, se promulgó el Decreto 1/2016, de 12 de enero, por el que se establece un conjunto de medidas para la aplicación de la declaración responsable para determinadas actividades económicas reguladas en la Ley 3/2014, de 1 de octubre, de medidas normativas para reducir las trabas administrativas para las empresas.
10 días hábiles |
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